El artículo 66 de la Constitución dice:
" 1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
3. Las Cortes Generales son inviolables."
El Título III de la Constitución, que comprende los artículos 60 a 80 inclusive, está dedicado en su totalidad al las Cortes Generales, que es el término constitucional que abarca tanto al Congreso de los Diputados como al Senado. A lo largo de quince artículos, se da una detallada descripción de la estructura del poder legislativo, pilar del Estado democrático, junto con el ejecutivo y el judicial.
Dicho muy brevemente, las Cortes representan un sistema bicameral. La función legislativa recae en ellas, aunque no de forma exclusiva. El distrito electoral para el Congreso y el Senado es la provincia. Ambas Cámaras tienen una duración no superior a cuatro años. Los diputados son elegidos por sufragio universal, libre, igualitario, directo y secreto; los senadores son elegidos del mismo modo pero, además, cada Comunidad Autónoma nombra un senador.
-------------------------------------------------- ELECCIONES GENERALES PARA LAS CORTES CONSTITUYENTES: 15 de junio, 1977 -------------------------------------------------- ELECCIONES LEGISLATIVAS DESPUÉS DE LA CONSTITUCIÓN: ================================================ 1. 1 de marzo, 1979 2. 28 de octubre, 1982 3. 22 de junio, 1986 4. 29 de octubre, 1989 5. 6 de junio, 1993 6. 3 de marzo, 1996 --------------------------------------------------
Si desea conocer los resultados de las elecciones legislativas, haga click AQUI.
