La disposición transitoria número 5 de la Constitución Española dice lo siguiente:
"e;Las ciudades de Ceuta y Melilla pueden establecerse como Comunidades Autónomas si sus respectivos consejos municipales así lo decidieran por medio de una resolución adoptada por la mayoría absoluta de sus miembros y si las Cortes Generales así lo autorizasen, por ley orgánica, en los términos establecidos en el artículo 144."e;"
El miércoles, 22 de febrero de 1995, el pleno del Senado aprobó los Estatutos de Autonomía para Ceuta y Melilla. Esto significó para España el final del proceso de formación del Estado de Autonomías.
