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Plazo De Inscripcion.

  1. La solicitud de inscripcion debera presentarse a los treinta dias de la llegada al jefe de la Oficina Consular de Carrera o al encargado de la Seccion Consular de la Mision Diplomatica de la circunscripcion donde fijen su residencia, o al jefe de la Oficina Consular Honoraria, quien cursara la solicitud a la Oficina Consular de Carrera o a la Seccion Consular de la Mision Diplomatica de la que dependa, las cuales procederan a la inscripcion de cuentas solicitudes reciban directamente o de las oficinas consulares honorarias, que guardaran una copia de aquellas que hayan cursado.
  2. Los espanoles que viviendo en pais extranjero no se hallen inscritos en el Registro de Matricula correspondiente, por falta de notificacion a su llegada, podran regularizar su situacion formulando la solicitud mencionada en el apartado "Obligacion de Inscribirse" y acreditando su identidad, nacionalidad y circunstancias personales con el pasaporte u otro documento de viaje con que salieron de Espana.
  3. Cuando no pudieran justificarlos de esta forma, les sera admitido cualquier otro documento oficial espanol, expedido por autoridad competente, tal como la cartilla militar o el certificado de nacimiento, si ofrecen como complementaria una informacion testifical de dos personas que sean de garantia a juicio del jefe de la Oficina Consular o de la Mision Diplomatica y que posean certificado de nacionalidad corriente.
  4. Cuando el solicitante carezca en absoluto de documentancion oficial espanola debera solicitar por conducto consular certificado de acta literal de nacimiento. En este caso se procedera a la inscripcion "provisional" hasta que se reciba dicho documento.

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Reconocimientos